martes, 26 de marzo de 2013

ERE’s, el coladero nacional.





Tras la reforma laboral sufrida en nuestras nacionales carnes hemos ido comprobando que muchos empresarios, carentes de escrúpulos y honradez, han aprovechado dicha coyuntura normativa para adelgazar sus plantillas.  Lo hemos visto por doquier.
Hasta ahora solo bastaba con cumplir los requisitos que exigía la ley para hacer un ERE[1]. Así, la empresa presentaba una contabilidad que mostrara las dificultades por las que estaba pasando, tan solo bastaban tres meses, y se comparaban con los meses del año anterior, y si realizando la comparación, se demostraba que los tres meses de este año eran peores que los del anterior el ERE era correcto. Tiene el ERE otros requisitos, por supuesto, pero básicamente era eso, mostrar que los resultados son peores, que no tiene que significar que existan pérdidas.
(Algunos me podréis decir que no es tan simple que la contabilidad muestra la realidad de la empresa y si los números cantan que va mal es que la situación es así de nefasta. Pero yo le contestaría lo que me contestó un profesor de contabilidad financiera, que los números dicen lo que uno quiera, tan solo hay que saber hasta dónde torturarlos).
Pues bien, como decía muchos espabilados empresarios han aprovechado ese gran agujero negro legal para disminuir el número de trabajadores y quitarse a algunos que pudieran ser molestos. Y todos a callar. Todo iba sobre la seda para estos aprovechados sin que se pudiera hacer mucho más que humillar el morro y pasar por el aro.
Pero hete aquí que tras una investigación realizada por la Inspección de Trabajo y que acabó en sentencia del TSJ, se demostró que una empresa de Murcia pretendía realmente "aprovecharse ilegalmente" de la reforma laboral para recortar su plantilla a bajo coste, además de "castigar" al sindicato UGT y a determinados trabajadores por presentarse a las elecciones sindicales en la empresa.
Entre el cúmulo de irregularidades cometidas por la empresa, explica el sindicato en comunicado de prensa, destaca el intento de la empresa de 'utilizar la legislación vigente' para ocultar una clara represalia hacia los trabajadores que formaban parte de la candidatura de UGT en estas elecciones sindicales.
La sentencia del TSJ que decidió el asunto  recoge literalmente que "existe un interés encubierto de la empresa de expulsar de ella al mayor número de dichos candidatos de UGT", al no llamarlos a trabajar según su número de orden, como indica la legislación en el caso de los fijos discontinuos.
Por otra parte, según la Inspección de Trabajo y el Ministerio Fiscal, ha quedado patente la falta de justificación de las causas productivas y económicas, ya que justo antes de que UGT promoviera las elecciones sindicales y una jornada de huelga en protesta por el despido de un trabajador, la empresa había contratado a siete trabajadores nuevos, haciéndolos fijos discontinuos, dado el alto volumen de carga de trabajo que tenía la empresa en los siguientes meses.
El TSJ de Murcia concluye en su sentencia de 17 de enero de 2013 que se declara nulo el ERE de Conservas Martínez García SL por violación de derechos fundamentales de indemnidad (esto es represalias como el despido tras reclamar algo a lo que tienes derecho) y libertad sindical, condenando además a la mercantil a pagar a FITAG-UGT la cantidad de 3.000 euros en concepto de daños y perjuicios.
Gracias a Dios existen funcionarios que no solo aplican la ley, sino que imponen el sentido común a sus resoluciones.  Mantenemos la esperanza.




[1] Los ERE son unos mecanismos más complejos que lo que expreso en este escrito, pero no me puedo detener a escribir todos los pormenores y requisitos de los mismos por lo extenso del asunto. Quien quiera más información puede visitar http://www.empleo.gob.es/es/guia/texto/guia_6/contenidos/guia_6_18_1.htm

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