Se está tramitando la nueva ley de Seguridad del
Tráfico. Actualmente está en el Senado, pero con las mayorías existentes del PP
en ambas Cámaras, seguro que prosperará
dicha cuerpo normativo sin más problemas ni añadiduras.
De la lectura de este texto legal me ha sorprendido
mucho, tanto que he tenido que releerlo unas cuantas veces, un cambio drástico en
la responsabilidad de los propietarios de animales en relación con los
conductores de automóviles. Me explico.
El código Civil, vigente hasta el día de hoy que
sepamos – y salvo que a Gallardón se le meta otra cosa en la cabeza – regula en
su artículo 1905 lo siguiente:
“El
poseedor de un animal, o el que se sirve de él, es responsable de los
perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Sólo cesará esta
responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o de culpa
del que lo hubiese sufrido.”
Así se ha venido aplicando hasta ahora y en todos
los ámbitos. En los accidentes de tráfico ocasionados por la culpa de un animal
suelto también era la responsabilidad del dueño del animal o del propietario
del coto de caza de turno, si el animal provenía de dicho espacio acotado.
Pero con la nueva ley de PP esto va a cambiar. Y
¿sabéis a quién va a favorecer quitándoles responsabilidades? ¿A los más
débiles, a los que van con su coche de diez años y tienen la mala suerte de
conducir por una carretera que atraviesa un coto de caza cuando se escapa un
animal? No, hombre ¿A los propietarios de los cotos que hacen negocio matando
animales? Pues sí, a esos mismos.
Con la nueva regulación que se pretende aprobar,
si existe un accidente de tráfico por atropellar un animal y tú estás circulando
por una carretera que transcurre por un coto de caza y tras ese atropello, tu
coche o motocicleta quedan siniestrados o si se producen otros daños a
terceros, el responsable a indemnizar por los daños sufridos va a ser el
conductor del vehículo, o sea, tú. Eso
sí, no te hace pagar el precio del animal, menos mal, y existe la excepción de
caza mayor (animales mayores de zorros, es decir, la minoría) o cuando el
propietario del coto tenga las vallas rotas o no haya señalizado conforme a la
legislación.
La nueva Disposición adicional novena, sobre la responsabilidad
en accidentes de tráfico por atropellos de especies cinegéticas establece:
“En
accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas en las
vías públicas será responsable de los daños a personas o bienes el conductor
del vehículo, sin que pueda reclamarse por el valor de los animales que
irrumpan en aquéllas. No obstante, será responsable de los daños a personas o
bienes el titular del aprovechamiento cinegético o, en su defecto, el
propietario del terreno, cuando el accidente de tráfico sea consecuencia
directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor llevada a
cabo el mismo día o que haya concluido veinticuatro horas antes de aquél.
También podrá ser responsable el titular de la vía
pública en la que se produzca el accidente como consecuencia de no haber
reparado la valla de cerramiento en plazo, en su caso, o por no disponer de la
señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentalidad
por colisión de vehículos con los mismos.”
En España
existen más de veinticuatro mil cotos de caza sin contar las regiones de
Extremadura, Galicia, ni Asturias (no estaban disponibles los datos). O sea,
que son muchos más y según la Dirección General de Tráfico el año 2012 se
produjeron 484 siniestros con víctimas por atropellos de animales. Pero el
Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y Biodiversidad calculan que al año
se producen entre 15.000 y 20.000 accidentes por atropellos de animales. Por
tanto, para la sociedad de cazadores la responsabilidad civil por esta clase de
accidentes es un peso que no están dispuestos a soportar. Y así se lo han hecho
saber al gobierno de Rajoy.
Así, el lobby
de los propietarios de cotos de caza, (ignoro si hay algún miembro del gobierno
afín a tal hobby, pero no me extrañaría viendo la nueva redacción de la
Disposición Adicional) ha empujado o “convencido” lo suficiente para que cuando
se escapen animales huyendo de la matanza con la que se distraen los señoritos,
no sea culpa de los propietarios del coto, sino del pobre infeliz que va
conduciendo tranquilamente, sin que se le pase por la imaginación, que,
sorpresivamente, se le va a cruzar un animal huyendo aterrorizado por salvar su
vida. ¿No os sorprende tal cambio en la culpabilidad y, por tanto, en la
responsabilidad civil?
Comprobamos,
con asombro, como con esta tramitación en curso, estos señores deciden dejar de
aplicar el código civil cuando les interesa porque interfiere a sus propósitos
(liberar de responsabilidades a los que hacen negocios con la caza). La ley se
convierte en un juguete que pueden arrojar debajo de la cama cuando se aburren
de él o cuando encuentran otro mejor.
Y frente a un
Gobierno que no cumple la ley poco se
puede hacer. Podemos empezar no votándolos la próxima vez.
Copyright de la imagen http://lauracaorsi.blogspot.com.es/2004/12/los-cotos-de-caza-piden-que-no-se-les.html
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